Exclusiones
Una exclusión impide que el tasador reevalúe una propiedad a su valor de mercado actual al cambiar de propietario o al completarse una nueva construcción. Las exclusiones están autorizadas por disposiciones constitucionales o legales en el Código de Ingresos y Tributación de California. Si califica, una exclusión podría reducir significativamente su obligación tributaria sobre la propiedad.
¿Qué es una exclusión?
Bajo la Proposición 13, el Evaluador generalmente reevalúa la propiedad cuando hay un cambio de propiedad o se completa una nueva construcción. Una exclusión es una excepción a esta regla: los propietarios que califican pueden evitar la reevaluación si se cumplen condiciones específicas.
Cambio de Propiedad Exclusiones
excluida de ciertas provisiones, como exenciones de impuestos a la propiedad, en casos de cambio de propietario. no reevaluado a su valor de mercado actual cuando la titularidad cambia mediante una transferencia total o parcial de título. Muchas transferencias se excluyen automáticamente después de la revisión del documento registrado y el Informe Preliminar de Cambio de Propiedad. Por ejemplo, las transferencias entre cónyuges y entre parejas domésticas registradas (a partir del 1 de enero de 2006) se excluyen automáticamente; no se requiere ningún formulario de reclamación, aunque se puede solicitar documentación de respaldo.
Existen otras exenciones de cambio de propiedad disponibles que requieren la presentación de una reclamación para evitar la reevaluación. Consulte la Cambio de Propiedad Exclusiones Oprima el tabulador para ver los detalles.
Exclusiones de obra nueva
Una exclusión de nueva construcción significa que las mejoras específicas son no reevaluado al valor de mercado actual cuando se complete la construcción. Si bien las mejoras pueden aumentar el valor de la propiedad, el valor de mercado adicional no es tasable debido a la exclusión. La mayoría de las exclusiones de nueva construcción requieren que se presente una reclamación ante el Tasador. Vea el Exclusiones de obra nueva Oprima el tabulador para ver los detalles.
Cambio de Propiedad Exclusiones
Propuesta 19 — Se exigirán nuevos formularios a partir del 16 de febrero de 2021
Debido a la Proposición 19, se requieren nuevas formas para las exclusiones de cambio de propiedad que ocurran después del 16 de febrero de 2021:
BOE-19-P: Solicitud de Exclusión para Reevaluación — Transferencia Padre/Hijo
BOE-19-G: Solicitud de Exclusión de Reevaluación — Transferencia entre Abuelos y Nieto
Para obtener más información sobre la Proposición 19, visite nuestro Página de la Proposición 19.
Exclusión de transferencia entre padres/hijos y abuelos/nietos (antes del 16 de feb. de 2021)
A partir del 6 de noviembre de 1986, las transferencias entre padres e hijos (en cualquier sentido) de una residencia principal y hasta $1 millón (valor imponible) de otros bienes pueden quedar excluidas de la reevaluación, siempre que se presente una solicitud y se cumplan ciertos requisitos. Esto también se aplica a las transferencias entre un fideicomiso y un padre o un hijo. No se aplica a las transferencias a sociedades, corporaciones u otras entidades legales.
Se aplica una exención similar a las transferencias de los abuelos a los nietos que se realicen a partir del 27 de marzo de 1996, bajo ciertas condiciones —entre ellas, el requisito de que ambos padres del nieto hayan fallecido a la fecha de la transferencia—.
Formularios
BOE-58-AH: Solicitud de Exclusión de Reevaluación — Transferencia entre Padres e Hijos
BOE-58-G: Solicitud de exclusión de reevaluación — Transferencia entre abuelo/nieto
Recursos
Folleto de exclusión entre padre/hijo y abuelo/nieto (PDF)
Junta de Igualación — Preguntas Frecuentes
Exclusión de cambio de titularidad en copropiedad
Las transferencias de un interés de copropiedad de un copropietario a otro debido al fallecimiento de un copropietario a partir del 1 de enero de 2013 pueden quedar exentas de la reevaluación si se cumplen ciertas condiciones:
– Los dos copropietarios deben poseer, en conjunto, una participación de 100% en el inmueble
– La transferencia da lugar a que el copropietario sobreviviente sea dueño de 100% de la propiedad
– Los dos copropietarios poseyeron y residieron continuamente en la propiedad durante el año anterior a la fecha de transferencia como su residencia principal
A Cambio de propiedad preliminar forma o la Declaración de Cambio de Propiedad debe presentarse, y el copropietario sobreviviente debe firmar un Declaración jurada de residencia del copropietario.
Recurso Carta del BOE: Exclusiones de cambio de propiedad — Copropietarios (PDF)
Para más información, llame (510) 272-3800.
Exclusiones de obra nueva
Exclusión de inventario del constructor de la evaluación suplementaria
Una propiedad inmobiliaria de nueva construcción por parte de un propietario-constructor no activará una evaluación suplementaria al completarse si la propiedad se construye únicamente para su comercialización y venta, y se presenta una solicitud a tiempo. Esta exclusión aplaza la fecha de evaluación de la nueva construcción hasta la fecha límite del 1 de enero posterior a la finalización, a menos que se use, alquile, ocupe o venda antes de esa fecha.
Se debe presentar un formulario de reclamación antes del inicio de la construcción, o dentro de los 30 días posteriores al mismo.
Reclamo del Constructor por Exclusión de Obra Nueva (PDF)
Si el predio se subdivide en cinco o más lotes bajo la Ley de Subdivisiones con mapas registrados y solo se construirán residencias unifamiliares, la exclusión se aplicará automáticamente, sin necesidad de reclamación.
Para más información, llame (510) 272-3787.
Exclusión del Sistema Activo de Energía Solar
Para Edificios Existentes: La instalación de un sistema de energía solar activa en una estructura existente está excluida de la tasación de impuestos a la propiedad según la Sección 73 del Código de Ingresos y Tasa. Los sistemas que califican incluyen aquellos utilizados para la producción de electricidad, calentamiento de agua, acondicionamiento de espacios, calor de proceso o energía solar mecánica.
Las tuberías, los conductos, los tanques y otros equipos auxiliares utilizados en un sistema de energía solar que también transportan energía procedente de otras fuentes se valoran al 75% de su valor de mercado. Excluidos de este beneficio se encuentran los calentadores solares para piscinas, los calentadores de jacuzzis, los sistemas de energía pasiva o los sistemas de energía eólica.
No es necesario presentar una reclamación. La exclusión permanece vigente hasta que ocurra un cambio de propiedad.
Para compradores iniciales de edificios de nueva construcción: A partir de septiembre de 2008, la exclusión de energía solar se extiende al comprador inicial de un edificio nuevo a un constructor-propietario, siempre que se cumplan todas las condiciones, incluyendo que el constructor-propietario haya incorporado el sistema en la construcción inicial, no haya ocupado ni arrendado el edificio antes de la venta, y el comprador presente un formulario de reclamación que identifique el valor del sistema de energía solar incluido en el precio de compra.
BOE-64-SES: Reclamación del Comprador Inicial para la Exclusión del Sistema de Energía Solar
Para más información, llame (510) 272-3787.
Exclusión de acceso para personas con discapacidad — Residencias
Modificaciones realizadas a un existente La vivienda para hacerla más accesible a una persona con una discapacidad grave y permanente está exenta de reevaluación si se cumplen ciertas condiciones. La residencia debe ser elegible para la Exención de Propietarios de Vivienda y la persona discapacitada debe ser residente permanente. Se debe presentar un formulario de solicitud que incluya la certificación médica de la discapacidad. Las piscinas, jacuzzis y las características de construcción habituales para propiedades comparables están excluidas de este beneficio.
Si la propiedad cambia de propietario después de la construcción, los alojamientos de acceso para discapacitados ya no quedan excluidos.
Reclamación de personas con discapacidad por exclusión de nueva construcción
Exclusión de acceso para personas con discapacidad — Comercial/No residencial
Los propietarios de inmuebles que realicen construcciones en un existente una propiedad para hacerla más accesible a personas con discapacidades severas y permanentes puede ser elegible para una exclusión de la reevaluación. El propietario debe notificar al Tasador antes de la finalización del proyecto, o dentro de los 30 días posteriores a ella. Todos los documentos de respaldo deben presentarse dentro de los seis meses posteriores a la finalización.
Si la propiedad cambia de dueño después de la construcción, los alojamientos ya no quedan excluidos.
BOE-63-A: Reclamación para la Exclusión de Construcción por Accesibilidad para Discapacitados
Mitigación de terremotos / Exclusión de reforzamiento sísmico
Características especificadas de reforzamiento sísmico y mitigación de riesgos de terremotos agregadas a existente los edificios pueden ser excluidos de la reevaluación. El propietario debe notificar al Tasador antes de, o dentro de los 30 días, de la finalización y certificar por escrito (o hacerlo certificar por el contratista, ingeniero o arquitecto) las porciones del proyecto atribuibles a la mejora sísmica o mitigación de terremotos.
Si la propiedad cambia de propietario después de la modernización, la construcción de mitigación de terremotos ya no está excluida.
BOE-64: Exención por Seguridad Sísmica
Exclusión del sistema de rociadores contra incendios y detección
Los sistemas de rociadores contra incendios, otros sistemas de extinción de incendios, sistemas de detección de incendios y mejoras relacionadas con la evacuación contra incendios quedan excluidos de la tasación del impuesto a la propiedad cuando se instalan en un existente edificio. No se requiere reclamo ni solicitud. Sin embargo, los sistemas de supresión de incendios instalados al mismo tiempo que la construcción nueva son evaluables como parte de la construcción nueva. Esta exclusión no se aplica cuando la propiedad cambia de dueño.
Para cualquier consulta relacionada con la exclusión de nuevas construcciones, llame al (510) 272-3787.
Contáctanos
Consultas generales: (510) 272-3770
Exclusiones por cambio de propiedad: (510) 272-3800
Exclusiones de Construcción Nueva: (510) 272-3787
Visita nuestra página de Formularios de Asesor para todos los formularios y solicitudes de reclamación relacionados.